Electrodomésticos obligatorios en un piso de alquiler: ¿cuáles son?
Una de las dudas más habituales a la hora de poner una vivienda en alquiler es si existe la obligación legal de incluir electrodomésticos. La respuesta no siempre es intuitiva y conviene conocer bien el marco legal para evitar conflictos entre propietario e inquilino.
En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre los electrodomésticos en un piso de alquiler, qué dice la normativa y cómo gestionar su reposición o mantenimiento.
¿Existen electrodomésticos obligatorios en un piso de alquiler?
En España no existe ninguna norma que obligue al arrendador a incluir electrodomésticos en una vivienda de alquiler. Esta regla se aplica tanto a los alquileres de vivienda habitual como a los alquileres de temporada.
La ley exige que la vivienda sea habitable, pero no que esté amueblada ni equipada con electrodomésticos. Por tanto, desde un punto de vista legal, un piso puede alquilarse vacío y sin ningún aparato.
Ahora bien, en la práctica, lo más habitual es que el propietario incluya al menos algunos electrodomésticos básicos, como:
Frigorífico
Lavadora
Termo o calentador de agua
Placa de cocina y horno
En muchos casos, también lavavajillas
Los pequeños electrodomésticos suelen ser menos determinantes, ya que muchos inquilinos prefieren aportar los suyos propios.
Inventario de electrodomésticos en el contrato de alquiler
Sea cual sea la opción elegida, es fundamental que el contrato de alquiler incluya un inventario detallado de los electrodomésticos que se entregan con la vivienda.
Este inventario debería recoger:
Tipo de electrodoméstico
Marca y modelo
Antigüedad aproximada
Estado de conservación
Funcionamiento en el momento de la entrega
Acompañar el inventario con fotografías es muy recomendable, ya que ayuda a evitar conflictos al finalizar el contrato y a acreditar posibles usos indebidos.
¿Quién paga los electrodomésticos en un alquiler?
La responsabilidad sobre los electrodomésticos depende exclusivamente de lo que se haya pactado en el contrato:
Alquiler con electrodomésticos
Si el arrendador alquila la vivienda con electrodomésticos incluidos:
Es responsable de su sustitución o reparación en caso de avería por uso normal.
No está obligado a asumir daños derivados de un uso negligente o incorrecto por parte del inquilino.
Solo responde de los electrodomésticos que figuren expresamente en el contrato.
Alquiler sin electrodomésticos
Si el inmueble se alquila sin electrodomésticos:
El arrendatario deberá comprar los aparatos que necesite.
También asumirá su mantenimiento y reparación.
Al finalizar el contrato, podrá llevárselos, ya que son de su propiedad.
Si se estropea un electrodoméstico, ¿quién lo paga?
La regla general es clara: paga quien lo aportó.
Si el electrodoméstico lo aportó el arrendador, este deberá repararlo o sustituirlo, salvo que el daño sea imputable al inquilino.
Si el electrodoméstico lo aportó el arrendatario, será este quien asuma cualquier coste.
En los alquileres con electrodomésticos incluidos, es habitual que surjan dudas cuando el aparato se avería por desgaste. En estos casos, si se trata de un uso normal y acorde a su antigüedad, la reparación suele corresponder al propietario.
¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)?
La LAU no regula de forma específica los electrodomésticos, pero sí establece principios clave que afectan a su mantenimiento:
Artículo 2 de la LAU: define el arrendamiento de vivienda como aquel destinado a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. La vivienda debe ser habitable, pero no necesariamente amueblada o equipada.
Artículo 21 de la LAU: obliga al arrendador a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo que el deterioro sea imputable al arrendatario.
Este artículo es el que suele aplicarse cuando un electrodoméstico incluido en el contrato deja de funcionar por causas ajenas al uso negligente.
Beneficios de alquilar un piso con electrodomésticos
Aunque no sea obligatorio, alquilar una vivienda con electrodomésticos tiene claras ventajas:
Mayor demanda: la mayoría de los inquilinos buscan viviendas listas para entrar a vivir, lo que reduce el tiempo de comercialización.
Mayor control: el propietario puede decidir qué electrodomésticos se instalan y cómo, reduciendo riesgos de averías que afecten a la vivienda.
Eficiencia energética: elegir aparatos eficientes permite reducir el consumo y, en algunos casos, los gastos si los suministros están incluidos en el alquiler.
Mejor percepción del inmueble: una vivienda equipada suele transmitir mayor calidad y cuidado.
Conclusión
No existen electrodomésticos obligatorios en un piso de alquiler, pero su inclusión es una decisión estratégica que puede facilitar el arrendamiento y mejorar la experiencia tanto del propietario como del inquilino. La clave está en dejarlo todo bien reflejado en el contrato y contar con un inventario claro desde el primer día.