Reformas en pisos de alquiler en Albacete: ¿qué se puede hacer y qué no?

En este artículo te aclaramos qué reformas están permitidas en pisos de alquiler, qué dice la ley, y qué límites existen tanto para propietarios como para arrendatarios.

¿Se pueden hacer reformas en una vivienda alquilada?

Sí, es posible hacer reformas en un piso alquilado, pero siempre bajo las condiciones que marca la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y el contrato firmado entre ambas partes. Las obras que se pueden realizar varían en función del tipo de actuación, quién las ejecuta y si se ha contado con el consentimiento adecuado.

La LAU distingue entre diferentes tipos de obras en viviendas en alquiler:

1. Obras de conservación

Según el artículo 21 de la LAU, el arrendador está obligado a realizar las obras necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, sin que eso implique un aumento del alquiler.
Estas obras pueden incluir reparaciones estructurales, de fontanería, electricidad, humedades, etc.
- Si las obras no pueden posponerse, el inquilino debe aceptarlas, aunque resulten molestas.
- Si duran más de 20 días, tendrá derecho a una rebaja proporcional del alquiler.

2. Pequeñas reparaciones

Estas corren a cargo del inquilino y se refieren a arreglos por el uso normal de la vivienda, como cambiar una bombilla, reparar un grifo o una maneta de puerta.
Según la jurisprudencia, una reparación se considera "pequeña" si su coste no supera los 150 €.

3. Obras de mejora por parte del propietario

El arrendador puede realizar mejoras que incrementen el valor o confort de la vivienda. Según el artículo 22 de la LAU, deberá avisar al inquilino con al menos tres meses de antelación, detallando:

  • La naturaleza de las obras.

  • Fecha de inicio.

  • Duración estimada.

  • Coste previsto.

El inquilino podrá rescindir el contrato en el plazo de un mes, salvo que las obras no le afecten significativamente. Si decide irse, el alquiler se extinguirá a los dos meses desde su notificación.

¿Qué reformas puede hacer un inquilino en un piso de alquiler?

El arrendatario no puede realizar obras que modifiquen la estructura, distribución o instalaciones del inmueble sin autorización escrita del propietario. Aun así, hay reformas que suelen estar permitidas:

  • Mejoras estéticas: pintar paredes, colgar cuadros, cambiar cortinas o lámparas.

  • Reparaciones menores: grifos, pomos, enchufes, etc.

  • Instalación de electrodomésticos: si no alteran la instalación eléctrica o de agua.

  • Cambios en terraza o jardín: colocar plantas, mobiliario exterior…

  • Mejoras de accesibilidad: si el inquilino (o convivientes) tienen discapacidad o más de 70 años, podrán adaptar la vivienda previa notificación al propietario (art. 24 LAU). Al final del contrato, deberá devolverla al estado original si así se exige.

¿Qué reformas no puede hacer un inquilino?

El inquilino no podrá hacer reformas estructurales sin consentimiento del propietario.
Tampoco podrá modificar elementos esenciales (paredes, suelos, instalaciones eléctricas, de agua o gas). Si lo hace:

  • El propietario podrá resolver el contrato de forma anticipada.

  • Puede exigir que se restituya el inmueble a su estado original.

  • Y no estará obligado a compensar al inquilino por las obras realizadas, aunque estas hayan mejorado la vivienda.

Indemnización por obras en el piso de alquiler

Cuando el propietario realiza obras durante el arrendamiento, puede surgir el derecho del inquilino a ser compensado. Esto dependerá del tipo de reforma:

Obras de conservación

  • Solo se puede reclamar una reducción proporcional del alquiler si las obras duran más de 20 días y afectan al uso del inmueble.

Obras de mejora

  • El inquilino puede solicitar una indemnización desde el inicio, e incluso reclamar los gastos de alojamiento si las obras impiden habitar el inmueble.

  • También puede usar su derecho a rescindir el contrato como palanca de negociación con el propietario.

Recomendaciones para reformas en pisos de alquiler en Albacete

  • Consulta el contrato: puede haber cláusulas específicas sobre reformas.

  • Solicita siempre autorización por escrito para cualquier modificación relevante.

  • Guarda pruebas: fotos del estado inicial, facturas de obras, comunicaciones…

  • Negocia de forma clara si haces mejoras duraderas, por si puedes obtener compensación al dejar el piso.

¿Tienes dudas sobre tu caso? ¿Vas a hacer obras en tu vivienda de alquiler en Albacete?
📞 Consulta con un profesional inmobiliario o abogado especializado para evitar problemas legales y proteger tus derechos.

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